ORGANIZACIÓN TERRITORIAL DE VENEZUELA
El territorio venezolano se subdivide en 23 estados federales, un Distrito Capital —que comprende a la ciudad de Caracas—, y las Dependencias Federales —conformadas por más de 311 islas, islotes y cayos en su mayoría deshabitados—. El Estado Venezolano reclama y considera adicionalmente a la Guayana Esequiba como parte integral de la nación.
Los estados son autónomos e iguales políticamente, organizando su administración y sus Poderes Públicos por medio de una Constitución Estadal, dictada por el Consejo Legislativo de acuerdo con las leyes de la Federación. Mantienen todo el poder no delegado explícitamente al gobierno nacional y municipal, según se lee en el Artículo 164 de la Constitución.
Estados
Los gobiernos estadales se encuentran divididos en dos Poderes. El Poder Legislativo de los estados recae sobre el Consejo Legislativo unicameral, cuyos diputados son electos por voto popular, directo y secreto cada cuatro años, pudiendo ser reelegidos, bajo un sistema de representación proporcional de la población del estado y sus municipios, con un mínimo de 7 y máximo de 15. Los estados pueden sancionar leyes sobre cuestiones regionales, pero las principales leyes civiles, comerciales, penales, laborales, de seguridad social y de minería son competencia de la Asamblea Nacional. El Poder Ejecutivo de los estados lo ejerce un Gobernador acompañado de los Secretarios Estadales. El Gobernador también es electo por sufragio directo y secreto para un período de cuatro años y con posibilidad a una reelección inmediata, siendo el encargado de la administración estatal. Los estados poseen otras instituciones como Contralorías Estadales y la Procuradurías. El Poder Judicial está representado por el Tribunal Supremo de la República, pero dividido en circuitos judiciales en cada estado coordinados por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura Regional. El Poder Electoral está en cada estado mediante los Oficinas Electorales dependientes del CNE.
Municipios
Artículo principal: Municipios de Venezuela.
Los estados federales se dividen a su vez en municipios autónomos, que son la primera unidad política de la organización nacional y gozan de personalidad jurídica plena. El Poder Público Municipal no difiere mucho del modelo estadal. El Poder Legislativo delega su potestad en un Concejo Municipal que es elegido para un período de cuatro años. El Poder Ejecutivo lo ejerce un Alcalde elegido por los ciudadanos cada cuatro años. El Poder Judicial se representa en la Sede Judicial Municipal, y el Poder Ciudadano existe en una Contraloría Municipal autónoma.[53] Los municipios se subdividen en parroquias.[54] Se contabilizan en total 335 municipios y 1065 parroquias en todo el territorio nacional.
Distrito Capital
Artículo principal: Distrito Capital (Venezuela).
Los Poderes de la Federación Venezolana residen en el Distrito Capital como territorio federal, el Gobierno de la entidad es encabezado por un Jefe de Gobierno, nombrado por el Presidente de la República en nombre de la Federación, y depende legislativamente de la República por medio de la Asamblea Nacional desde 2009.
ESTADOS Y SUS CAPITALES
Amazonas => Puerto Ayacucho
Mérida => Mérida
Anzoátegui => Barcelona
Miranda => Los Teques
Apure => San Fernando de Apure
Monagas => Maturín
Aragua => Maracay
Nueva Esparta => La Asunción
Barinas => Barinas
Portuguesa => Guanare
Bolívar => Ciudad Bolívar
Sucre => Cumaná
Carabobo => Valencia
Táchira => San Cristóbal
Cojedes => San Carlos
Trujillo => Trujillo
Delta Amacuro => Tucupita
Yaracuy => San Felipe
Distrito Capital => Caracas
Zulia => Maracaibo
Falcón => Coro
Vargas => La Guaira
Guárico => San Juan de los Morros
Dependencias Federales => Gran Roque
Lara => Barquisimeto